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OmarNorbertoElizondo escribió:Vista las publicaciones realizadas por el Sr. Ignacio Lana Bereijo me he visto obligado a presentar una denuncia contra dicho Sr.
Omar N. Elizondo escribió:Generalitat de Catalunya
Departament d'lnterior,
Relaciona Institucionals i Participado
Direcció General de Policía
cóp/a
Número de diligencies
360261/2008 AT USCESPLUGE
FULL 1 de 1
N 02 Acta d'informació de drets a la persona perjudicada
Dades de la unitat instructora
Comissaria Unitat policial
USC ESPLUGUES DE LLOBREGAT Esplugues de Llobregat
Dades de la persona perjudicada
Nom, cognoms i document d'identitat (tipus, país ¡ núm.)
Ornar Norberto ELIZONDO ARABI KATBI amb DNI (Espanya) número 47325575Q
Informació de drets
Us notifiquen! els vostres drets com a persona perjudicada per un presumpte
delicte, d'acord amb l'article 119 de la Constitució espanyola i els articles 109,
110 i 771 de la Llei d'enjudiciament criminal:
-Teniu dret a l'assisténcia jurídica gratuita en els termes que estableix la
Llei 1/1996, de 10 de gener, d'assisténcia jurídica gratuita.
-Teniu dret a comparéixer com a part en el procés judicial.
-Teniu dret a reclamar la restitució de la cosa, la reparació deis danys o
la indemnització pels perjudicis que el delicte us hagi causat.
-Teniu dret a renunciar-h¡; a no reclamar la restitució de la cosa, la reparació
deis danys o la indemnització pels perjudicis que el delicte us hagi causat.
-Teniu dret a designar un advocat perqué defensi els vostres interessos.
Encara que no en designeu, el Ministeri Fiscal exercirá les accions civils
corresponents, si aixó fos procedent.
Oferiment d'accions en les faltes d'imprudéncia i delicte imprudent de danys
Si heu estat la víctima d'uns fets que constituíen una falta d'imprudéncia i/o un
delicte imprudent de danys, heu de denunciar aquests davant de l'autoritat
judicial abans que passin sis mesos i tres anys, respectivament, perqué els
Mossos d'Esquadra /PL puguem empréndre accions per perseguir els
presumptes autors deis fets. Si no h'o feu, només podreu reclamar els perjudicis
que aquests fets us hagin ocasionat mitjancant un judici oral de naturalesa civil,
x Autoritzo el Departament d'lnterior de la Generalitat de Catalunya a posar-se
en contacte amb mi amb motiu de PEnquesta de Seguretat Pública de
Catalunya.
Dades de la notificació
Localitat (Comarca)
Esplugues de Llobregat(Baix Llobregat)
Hora i data
16:25 hores del dia 30 de maig de 2008
Signatures
La persona perjudicada conejk els seus drets i per aixó signa aquesta acta i se'n queda
una copia.
Agent que fa la notificactó
DENUNCIA
^
Que presenta Don Ornar N. Elizondo, mayor de edad, con DNI 47.325.575-Q y
domicilio en 08017- Barcelona, Avda. Diagonal 640, 6a planta, contra Don IGNACIO
LANA BEREIJO, mayor de edad, con domicilio en la calle Bonavista n° 4, 1° 4a, de
08940 Cornelia de Llobregat ( Barcelona) y con DNI 38.118.745-V, y con teléfono
93.475.18.80, por los siguientes HECHOS :
Primero.- Que desde el día 12 de septiembre del año 2007, en múltiples
ocasiones y ante distintos foros de Internet, el denunciado Sr. Ignacio Lana Bereijo, ha
publicado noticias acusando al denunciante de presunto estafador en base a una
denuncia que en su día éste presentó contra este dicente, acompañando también copia de
una sentencia recaída, la cual no es firme por causa de haber sido recurrida ante la
Audiencia Provincial de Barcelona. Se aportan como documentos n° 1 a 3 las primeras
imputaciones realizadas contra el denunciante, y como documentos 4 a 10, publicación
del texto resumido de la sentencia dictada contra el denunciante en fecha 29 de abril de
2008.
Segundo.- Los hechos publicados, incluso con anterioridad a la sentencia
dictada contra el denunciante, pueden ser constitutivos de un delito continuado de
^ Injurias y Calumnias, previsto y penado en el art. 205, 208 y siguientes y concordantes
del Código Penal.
Tercero.- Que por causa de aquellas publicaciones en los foros de Internet, he
sufrido graves daños en el normal funcionamiento de mi actividad comercial,
provocándome daños económicos evaluados en cantidad no inferior a 150.000 euros,
como se acreditará en el momento procesal oportuno, por causa de la acción realizada
por el denunciado Sr. Ignacio Lana Bereijo.
Cuarto.- Hay que indicar que el denunciado Sr. Ignacio Lana Bereijo es
propietario de una empresa llamada SPEEDLER INFORMÁTICA, S.L, con domicilio
en 08940 de Cornelia de Llobregat, Avenida Ferrocarriles Catalanes, número 253- 255
¡que se dedica a la compraventa de material informático, con lo cual es un experto
jeonccedor del mundo de la informática y de Internet, según se acredita con los
; (jbd mentos n° 11 y 12, que son anuncios en Internet referentes a dicha empresa.
Quinto.- Que la denuncia que en su día interpuso el Sr. Ignacio Lana Bereijo
contra este denunciante lo fue contra mí en calidad de administrador de una empresa
llamada POL GRUPPE 2, S.L., y en sus reiteradas manifestaciones publicadas en
Internet ha vinculado a otras sociedades y a otras personas que no tienen relación alguna
co.n-;la denuncia que presentó en su día, como son ZORROZAUTO, S.L., OCEANIC
i .1 <
ES COPIA
CAR, S.L., YSARAI CINCO, S.L., ÍNTER MANAGER SPAIN BRASIL SPORT
REPRESENTATIONS, S.L., ACERT GEST, S.L. y GESTIÓ I
DESENVOLUPAMENT PATRIMONIAL OFFENBAR CATALUNYA, S.L.
En relación a esto, hay que manifestar que la sociedad ZORROZAUTO, S.L.
cerró en el mes de agosto de 2000, por lo que lleva ocho años inactiva; las sociedades
YSARAI CINCO, S.L., ÍNTER MANAGER SPAIN BRASIL SPORT
REPRESENTATIONS, S.L. y ACERT GEST, S.L. están inactivas desde su
constitución, y POL GRUPPE 2, S.L. se halla inactiva desde el año 2004.
Se aportan como documentos n° 13 a 31, noticias en Internet referentes a dichas
sociedades y al Sr. Elizondo.
Sexto.- Que igualmente el denunciado Sr. Ignacio Lana Bereijo ha publicado en
Internet el texto de la sentencia, la cual no es firme, pudiéndo ser dichos hechos además
constitutivos de una vulneración de la Ley de Protección de Datos, que puede dar lugar
a la correspondiente responsabilidad económica que prevé dicha Ley.
Séptimo.- Que ante el Foro 4x4 de Internet el denunciado Sr. Ignacio Lana
Bereijo adopta los nick o alias de " NACHO", "ENRIQUE 39" , "COMÚN 55" y
"ESTAFADOS, S.L., tal como lo demuestran además de los documentos I a 29
señalados, llegando incluso a mencionar al Letrado de este denunciante, D. Joan
Canadell Comas, como "un señor muy listo y avispado" en el documento n° 6 y 34,
comenzando su actuación contra el denunciante como PRESUNTO ESTAFADOR, para
después referirse al denunciante como ESTAFADOR, según se puede observar en los
documentos n° 32 a 35.
Octavo.- Que esta parte solicita que estos hechos se investiguen por el
Departamento de Informática e Información de los Mossos d'Esquadra.
Por todo lo cual, ¿
SOLICITO: Se tenga por interpuesta denuncia contra D. IGNACIO LANA
BEREIJO, con domicilio en 08940-Cornellá de Llobregat, C/ Bonavista n° 4, 1° 4a, por
los hechos expuestos, y se aperturen las diligencias oportunas en averiguación de los
hechos denunciados, dirigiéndose esta denuncia contra el Sr. Lana Bereijo así como
contra cualesquiera otras personas que pudieran resultar implicadas en el curso de la
investigación e instrucción.
En Barcelona, a 30 de mayo de 2008.
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JUZGADO DE 1a INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
NUM DOS
ESPLUGUES DE LLOBREGAT
e/Tomas Bretón 32-38 3°
Esplugas de Llobregat
Tf. 93.473.64.52
PREVIAS n° 585/2008
Persona a citar: Ornar Norberto Elizondo Arabi Katbi
Domicilio: c/ Font n° 3 de Sant Just Desvern
CÉDULA DE CITACIÓN
En Virtud de lo acordado por el Sr. Juez 1a Instancia e Instrucción num dos
de Esplugues de Llobregat, en asunto Diligencias Previas num. 585/2008 , se cita a
Vd para el próximo dia 06/10/08 a las 11:30 horas a fin de que comparezca en la
sede de este Juzgado a fin de ofrecimiento de acciones , en calidad de
PERJUDICADO con el apercibimiento de que de no comparecer le parará el
perjuicio qué hubiere lugar en derecho.
Y para que surta efecto expido la presente en Esplugues de Llobregat a
dieciocho de agosto de dos mil ocho .
EL SECRETARIO
ADVERTENCIAS LEGALES
EN GENERAL
Es obligado prestar la colaboración requerida por los Jueces y Tribunales en el curso del proceso (art. 118 de la
CE).
TESTIGOS Y PERJUDICADOS
Tienen obligación de comparecer al llamamiento judicial en la forma acordada o comunicar su imposibilidad así
como de declarar la verdad sobre lo que sepa y le sea preguntado. El incumplimiento de estas obligaciones
puede dar lugar a una multa, a que se acuerde su detención o a un procedimiento por delito de
desobediencia (arts. 420 de la Lecrim. y 372 del CP).
EL RECEPTOR DE LA CITACIÓN
Tiene la obligación de entregarla, en cuanto le sea posible, a la persona citada. El incumplimiento puede
acarrear una multa (art. 173 de la Lecrim.).
w,a DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN NUM. DOS
ESPIGUES DE LLOBREGAT
PREVIAS n° 585/2008
DECLARACIÓN
Nombre y apellidos: OMAR NORBERTO ELIZONDO ARABI KATBI
DNI/Pasaporte: 47325575-Q, cuyos demás datos constan en autos
En Esplugues de Llobregat, a uno de octubre de dos mil ocho.
Ante el Juez de Instrucción y de mi, el Secretario Judicial, comparece la
persona arriba identificada, quien previamente informada de sus derechos
constitucionales y de las obligaciones que le impone la Ley de Enjuiciamiento
Criminal y hechas las prevenciones legales pertinentes, manifiesta lo siguiente:
Que se afirma y ratifica en la denuncia presentada en Mossos
d'Esquadra de -Esplugues de LLobregat y pide responsabilidad civil por los
perjuicios económicos sufridos en cuantía de 150.000 euros, que son contratos
anulados a raiz de los hechos de la denuncia.
En este acto por S.S.a se le hace el Ofrecimiento de acciones del artículo 109
y ss de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, enterándole de su contenido, el cual
manifiesta quedar enterado Y QUE RECLAMA.
Leída la presente deciaración, la firma el declarante por estar de
acuerdo con su contenido, en ynión de las demás personas presentes en este acto,
de lo que yo, el Secretario Judicial, doy fe.
c p / a
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